Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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1497
Legislatura: 1893-1894 (Cortes de 1893 a 1895)
Sesión: 10 de junio de 1893
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Réplica
Número y páginas del Diario de Sesiones: 52, 1472-1476
Tema: Manifestaciones relativas al cumplimiento del decreto sobre división territorial militar

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Pido la palabra.

El Sr. PRESIDENTE: La tiene S. S.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Yo siento que el Sr. Linares Rivas insista en que hay cierta contradicción entre mis palabras de hoy y las de ayer, y como S. S. ha hecho esa indicación, he mandado traer el Extracto de la sesión de ayer, y lo que dije ayer resulta igual en un todo a lo que he dicho hoy. No hay más sino que ha habido una equivocación en S. S., y es, que al decir yo que las reformas militares no se plantearían hasta que se discutieran los presupuestos, lo decía en el sentido de que podrán estar discutidos en 1º de Julio o poco después, y S. S. ha entendido sin duda que hasta que los presupuestos que están presentados no se discutan, las reformas propuestas por el Ministro de la Guerra no se han de plantear. No, no es eso; es que yo hacía a S. S. la concesión de no plantear las reformas hasta que estuvieran discutidos los presupuestos para el año que viene, suponiendo que lo sean en tiempo oportuno, pero si por virtud del precepto de la ley tuvieran que regir este año los presupuestos que están rigiendo, entonces el Gobierno plantearía las reformas militares que ha presentado, y que tienden al propósito de disminuir los gastos, y por tanto, el déficit del presupuesto. Esto dije ayer de una manera terminante.

Por lo demás, yo no he querido decir nada que ofenda a la población de La Coruña; lo que he dicho es que no obra correctamente, porque cuando se trata de las capitalidades o de las Capitanías generales, desde el momento en que el Gobierno ha cedido en esta cuestión y lo somete a la Junta superior consultiva de Guerra, única que es técnica? (Un señor Diputado: Esa es una dependencia del Ministro.) En-[1472] tonces, ¿qué es lo que vamos a respetar? ¿Para qué sirven entonces las Juntas técnicas, la Junta consultiva de Guerra, ni siquiera los tribunales de justicia, puesto que también depende su nombramiento del Gobierno? ¿Es que aquí no hay nada de respetable? Cuando el Gobierno ha sometido esa cuestión a la Junta consultiva de Guerra, ha sido para dejarla en absoluta liberta; y el Gobierno no tiene necesidad de decir que la deja porque, si no fuera así, no haría caso de las indicaciones del Gobierno, y harían bien. El Gobierno le ha dejado intacta la cuestión, a fin de que no se crea por nadie, ni en La Coruña ni en ninguna otra capital que el Gobierno puede ceder a las influencias políticas ni a influencias de localidad ni a influencias de ninguna otra clase.

Con estas garantías, La Coruña debe esperar tranquilamente la resolución de esa Junta. ¿Es que cree La Coruña que la capitalidad de un cuerpo de ejército debe permanecer allí porque aquella capital tiene circunstancias especiales para eso, circunstancias más beneficiosas que las de otras poblaciones? Pues que espere tranquilamente el fallo de esa Junta, en el cual no ha de influir el Gobierno, ni ha de influir ninguna otra personalidad. (Un Sr. Diputado: El fallo de las Cortes.)

Pues todavía en la cuestión técnica me parece más a propósito la Junta consultiva que las Cortes, porque creo que tienen más autoridad técnica los generales que han dedicado toda su vida al estudio de esas cuestiones, que los Sres. Diputados que pueden estar más o menos influidos por los intereses de localidad y por las cuestiones políticas. (El Sr. Marqués de Figueroa interrumpe al orador.)

El Sr. PRESIDENTE: Lo primero que hay que hacer es pedir la palabra, y que el Presidente la conceda, Sr. Marqués de Figueroa.

El Sr. Marqués de FIGUEROA: Para interrumpir no se pide la palabra. (El Sr. Presidente agita la campanilla.)

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta) : Eso he dicho a la Corona como consejo . Si tiene tanta fe en la justicia de su causa, que espere la resolución de esa Junta, y ella le dará la razón, si la tiene; y si no la tiene, que soporte su suerte, que ese es el deber de todo ciudadano y de toda colectividad.

Por lo demás, ¿qué he de decir a S. S.? El Gobierno puede y debe ceder a la razón y a la justicia en términos convenientemente expuestos, pero ni este Gobierno ni ninguno puede ceder, ni cederá jamás, a la violencia y a la fuerza. (Muestras de aprobación.- Un Sr. Diputado: ¿Dónde está la violencia?- El Sr. Alsina: La Coruña no falta a la ley con lo que hace.) Pero falta a consideraciones a que no debe faltar; porque La Coruña, que hace eso para defender intereses locales, abandona los intereses que le están encomendados en primer término, y no hay Ayuntamiento ni hay Diputación ni nada hace mucho tiempo en aquella capital. Si tiene razón La Coruña, se le dará; pero que la exponga, y que siga la normalidad de la administración. (Un Sr. Diputado: La cuestión de regiones?) La cuestión de regiones es una cuestión resuelta por la misma Junta consultiva, y todavía ha ido el Gobierno más allá de lo que la mayor parte de los generales distinguidos de este país han acordado sobre eso, porque claro está que seguir con las capitanías generales es un anacronismo que no se comprende al otro lado de la frontera ni en ninguna parte. Hay que constituir el ejército como está constituido en todos los pueblos del mundo. (El Sr. Linares Rivas: No, como hace falta en España.) Como está constituido en todas partes. (El Sr. Linares Rivas: Como hace falta en España.) Pues en España y en todo país hace falta que esté constituido como están todos los ejércitos, y como están bien constituidos. (El Sr. Sanchís: En Italia han tardado doce años en organizarlo?- El Sr. Presidente agita la campanilla.) Aquí hace treinta años que estamos pidiendo la nueva división territorial militar, y todavía no la hemos establecido.

Con que ya ve S. S. si hemos dejado atrás a Italia, que no ha tardado más que doce años, mientras nosotros llevamos treinta años y todavía no la hemos establecido.

Pues bien, hay que dividir el país en cuerpos de ejército, y ha habido generales tan distinguidos como el general O'Donell, que era testigo de mayor excepción en este punto, que creía que en España había bastante con tres cuerpos de ejército, no llegaba más allá, a fin de mandar verdaderos ejércitos, porque de otra manera hablaremos de cuerpos de ejército, pero serán cuerpos de ejército liliputienses, de que se reirán en todas partes donde se estudien bien estas cuestiones militares. (Un Sr. Diputado: ¿Y por qué no viene el Sr. Ministro de la Guerra a discutir eso?- Grandes rumores y protestas en la mayoría. Los Sres. Diputados se increpan de unos a otros bancos.)

El Sr. PRESIDENTE: Orden, Sres. Diputados; ruego a los Sres. Diputados que no interrumpan al Sr. Presidente del Consejo, que está en el uso de la palabra.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Ha habido otros generales, como el Sr. Duque de la Torre y el Sr. Marqués de La Habana, que creían que había bastante con cuatro cuerpos de ejército, y ha habido muy pocos que pasen de siete, y nosotros, sin embargo? (El Sr. Marqués de Figueroa: Y todos respetaban la capitalidad de La Coruña.- Grandes rumores en los bancos de la mayoría), y nosotros, sin embargo, queremos que se establezcan siete. Toda la cuestión, Sres. Diputados, está, pues, en que en lugar de siete sean ocho. ¿Y es esa cuestión para venir aquí a perturbar las discusiones de la Cámara? Además, que sean siete o que sean ocho, ¿qué va con eso ganando el país? Yo admitiría los ocho si nos costaran más que los siete; y además, si siendo ocho pudieran ser cuerpos de ejército bastante surtidos para que no sean después pequeñas divisiones. Pero si la cuestión está reducida a si han de ser siete o han de ser ocho? (Varios Sres. Diputados: No, no), si a eso está reducida la cuestión? (El Sr. Marqués de Figueroa: No es eso, pero nosotros queremos?)

El Sr. PRESIDENTE: Sr. Marqués de Figueroa, ruego a S. S. que no interrumpa, y le llamo al orden por primera vez. (Varios Sres. Diputados de la minoría: A los de la mayoría.) Si los de la mayoría interrumpieran, también los llamaría al orden, que aquí yo no soy sólo Presidente de la mayoría, sino de todo el Congreso. (Muy bien.)

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): No merecía, pues, la pena que el gobierno hubiera cedido en que fueran ocho, y yo con mucho gusto hubiera cedido a que fueran, no ocho, [1473] ¡ojalá pudiéramos tener diez! porque eso probaría que teníamos en nuestro presupuesto elementos para sostener diez cuerpos de ejército, y además elementos bastantes para que esos cuerpos de ejército, en vez de infundir respeto, no infundan otra cosa, porque con la fuerza de que podemos disponer es imposible tener diez cuerpos de ejército en este país. Yo no sé si el Sr. Azcárraga ha usado de esa autorización para algunos servicios de Guerra. Para nosotros, los servicios para los cuales haya usado de las autorizaciones, es evidente que ni este Gobierno ni ninguno las puede usar, y la razón es obvia. ¿Es que ha hecho uso de la autorización por medio de decreto? Pues ese decreto tiene carácter de ley, y no puede variarse por otro decreto. Pero si el Sr. Azcárraga, Ministro de la Guerra anterior, no ha hecho uso de la autorización para la cuestión de la división territorial, está este Gobierno en el caso y en la facultad de poderlo hacer. (El Sr. Linares Rivas: ¿Cómo lo había de hacer, si se lo impedía la ley constitutiva? - El Sr. Alsina: ¿Esos decretos están dictados por consecuencia de la autorización del art. 31?). Pero ¿ha hecho algo en la cuestión de la organización del servicio militar, en las zonas militares? ¿Si o no? Porque si lo ha hecho, ya el Gobierno no puede hacer nada. (El Sr. Alsina: Lo que nosotros preguntamos?)

El Sr. PRESIDENTE: Señor Alsina, S. S. no tiene la palabra, y no puede preguntar nada.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Entendemos que en todo lo que ha hecho el señor general Azcárraga que fuera variación de servicios autorizada por leyes, el Sr. Azcárraga ha hecho bien, y no ha tenido para qué utilizar las autorizaciones que le daban los presupuestos. Pero ¿es que ha variado algo del servicio militar autorizado por ley, y se ha valido de la autorización, y valido de ella ha dado un decreto a que esa ley de presupuestos le autorizaba? Pues ese decreto tiene fuerza de ley; por lo cual, ni este Gobierno ni ningún otro puede hacer uso de esa autorización para el servicio ya variado. Pero si el Sr. Azcárraga no ha hecho uso de esa autorización para la cuestión territorial militar, la autorización está intacta y el Gobierno puede hacer uso de ella cuando lo tenga por conveniente.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Pido la palabra.

El Sr. PRESIDENTE: La tiene V. S.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Voy a contestar brevemente al Sr. Linares Rivas.

Cree S. S. que la Junta consultiva no puede modificar el acuerdo tomado ya por el Gobierno, y en eso está S. S. equivocado porque el Gobierno apela a la Junta consultiva como se apela a un juez técnico de alzada, para que resuelva la cuestión entre el Gobierno y sus contradictores. ¿Qué motivo hay para dudar que la Junta consultiva se separe en esto del acuerdo del Consejo de Ministros? No hay motivo ninguno. Todavía el Consejo de Ministros podría tener algún fin político, que no tiene en esta cuestión; pero la Junta consultiva, ¿qué fin político ha de tener ni qué otro deseo ha de abrigar, sino el de que la organización del ejército sea la mejor posible para ese mismo ejército a cuyo frente se encuentra? Si de otra manera resolviera el asunto, declaro que no cumpliría su deber, y yo no tengo motivos para dudar del cumplimiento de su deber por parte de la Junta consultiva.

Por lo demás, el Sr. Linares Rivas ha venido a darme la razón porque las reformas que hizo el señor Azcárraga y a que S. S. se ha referido no necesitan autorización ninguna ni necesitan ley alguna porque son atribuciones del Rey con su Gobierno, según la ley orgánica constitutiva del ejército.

Todo lo que se refiere a la organización del ejército, y que no tiene que ver con el presupuesto y el reemplazo, es de la facultad del Rey con su Gobierno. Pudo, pues, el Sr. Azcárraga hacer todo lo que S. S. ha indicado sin necesidad de hacer uso de la autorización, de donde resulta que el general Azcárraga no ha hecho uso de la autorización, pero aún cuando hubiera hecho uso, ¿cómo no habría de quedar en pie la autorización para todos los demás fines?¿Pero es que S. S. cree que el general Azcárraga modificó todos los servicios, haciendo uso de la autorización?¿Es que cree que tenía que realizarlo en el mismo momento y hora, y que no puedo hacerlo paulatinamente? Pues eso mismo pasaría ahora en el caso de que el señor general Azcárraga hubiera hecho uso de la autorización para algún servicio militar: el Gobierno podrá seguir usando de ella para otros servicios militares, a los cuales no tocó el Sr. Azcárraga.

Por lo demás, y deseando dar por terminado este asunto, ya muy enojoso, porque lo creo sobradamente esclarecido, yo no tengo que decir nada respecto de las indicaciones que hizo el Sr. Linares al principio de su pregunta; porque S. S. ha partido de un error, justificado en cierto modo, porque creía que yo me refería al momento en que se aprobase el presupuesto presentado, fuera cualquiera el tiempo, cuando yo hablaba de esta legislatura, y por eso dije que el Gobierno, cualquiera que sea el tiempo en que vengan a regir los presupuestos, planteará las reformas para que está autorizado, en tanto que no hay nuevos presupuestos, porque la ley es la mis-[1475] ma en este ejercicio que en cualquiera otro para el cual rija.



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